Instruido en esta Dirección General de Trabajo expediente de homologación del calzado de seguridad, tipo sandalia, marca «Fal», modelo 31, con arreglo a lo prevenido en la Orden de 17 de mayo de 1974, sobre homologación de los medios de protección personal de los trabajadores, se ha dictado resolución, en cuya parte dispositiva se establece lo siguiente:
Homologar el calzado de seguridad, tipo sandalia, marca «Fal», modelo 31, fabricado y presentado por la Empresa «Calzados Fal, S. A.», con domicilio en Amedo (Logroño), avenida Logroño, 21, como calzado de seguridad contra riesgos mecánicos, de clase I.
Cada sandalia de dichos marca, modelo y clase llevará en sitio visible un sello inalterable y que no afecte a las condiciones técnicas de la misma, y de no ser ello posible, un sello adhesivo con las adecuadas condiciones de consistencia y permanencia, con la siguiente inscripción: «Ministerio de Trabajo. Homologación 28J de 7 de noviembre de 1978. Sandalia de seguridad. Clase I.»
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.° de la Orden citada, sobre homologación de los medios de protección personal de los trabajadores, y Norma técnica reglamentaria. MT-5, de calzado de seguridad contra riesgos mecánicos, aprobada por Resolución de 28 de julio de 1975.
Madrid, 7 de noviembre de 1978.–El Director general, José. Miguel Prados Terriente.
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