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Documento BOE-A-1979-19603

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza a la «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica aérea interprovincial a 25 KV., denominada O. T. 646, «Coronación margen derecha», y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 1979, páginas 18669 a 18670 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-19603

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Lérida, a instancia de la «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, S.A.», con domicilio en Barcelona, paseo de Gracia, número 132, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica aérea interprovincil y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas y en el capitulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de veinticuatro de noviembre de mil novecientos treinta y nueve,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a la «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribogrozana, S.A.», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica aérea interprovincial a 25 KV. de tensión nominal, simple circuito trifásico, tendido con conductor de aluminio-acero de 43,1 milímetros cuadrados de sección, sobre apoyos metálicos y con aisladores de vidrio tipo «Esa» 1.503, de cadena. La longitud total de la lina será de 330 metros, de los cuales los 140 primeros discurrirán por la provincia de Lérida y los 190 restantes en la provincia de Huesca, con origen en el apoyo número 4 de la línea denominada derivación C.T. número 646, «coronación margen derecha».

La finalidad de la línea es alimentar el citado centro de transformación C.T número 646.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de tres meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que digo a VV.SS.

Dios guarde a VV.SS. muchos años.

Madrid, 21 de junio de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sres. Delegados Provinciales del Ministerio de Industria y Energía en Lérida y Huesca.

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