Ilmo. Sr.: Vista la petición formulada por la Directora del Colegio «Santa Gema de Galgani», de Madrid, para que se le autoricen enseñanzas de segundo grado de Formación Profesional;
Teniendo en cuenta que se concedió a dicho Colegio el funcionamiento de una Sección de Formación Profesional de primer grado por Orden de 7 de enero de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de febrero), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril); que las enseñanzas de segundo grado que pretende se amparan en la misma disposición, los informes favorables del Coordinador de Formación Profesional y del Delegado provincial de Educación y Ciencia,
Este Ministerio ha resuelto autorizar al Colegio «Santa Gema de Galgani» de Madrid, calle Escalona, 59, Aluche, para que, de acuerdo con lo preceptuado en el citado artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo, imparta, a partir del curso actual 1978/79, las enseñanzas de segundo grado de Formación Profesional que se citan y por el régimen que se señala:
Rama Administrativa y comercial, especialidades Administrativa y Secretariado, por el régimen de especializadas. Rama Química, especialidad Química de Laboratorio, por el general. Rama Delineación. especialidad Delineación industrial, por el de especializadas. Rama Electricidad, especialidad Electrónica industrial, por el de especializadas.
Esta autorización estará condicionada a que dicho Colegio cumpla con los requisitos a que se refiere el repetido artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril), especialmente por lo que respecta a contar con la correspondiente clasificación en el nivel educativo correspondiente.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 21 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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