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Documento BOE-A-1979-19721

Orden de 8 de junio de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por Ana de la Puerta Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 1979, páginas 18786 a 18786 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-19721

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Madrid con fecha 12 de diciembre de 1978 en el recurso contencioso-administrativo número 779/76, interpuesto por Ana de la Puerta Salamanca contra este Departamento, sobre acta de liquidación,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Murga Rodríguez, en nombre y representación de doña Ana de la Puerta Salamanca, debemos anular y anulamos, por no ser conforme a derecho, la Resolución de la Dirección General de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de dieciocho de mayo de mil novecientos setenta y seis, que confirmaba el acta de liquidación levantada a dicha recurrente por falta de afiliación al Régimen Especial Agrario del trabajador don Eulalio Pavón Sahagua, la cual dejamos sin efecto, ordenando, en consecuencia, que el importe de ella sea devuelto a citada parte, sin perjuicio de que dicho Organo administrativo pueda ordenar la incoación del expediente que considere oportuno para la comprobación del incumplimiento de dicha obligación por cualquier persona o Entidad distinta de repetida recurrente; sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en el recurso ».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 8 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.

Ilmo. Sr. Director general de Régimen Jurídico de la Seguridad Social.

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