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Documento BOE-A-1979-20293

Orden de 7 de agosto de 1979 por la que se modifica el tipo de desgravación fiscal a la exportación de almendras y avellanas tostadas en envases herméticos de hasta un kilogramo de peso neto.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 1979, páginas 19454 a 19455 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-20293
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/08/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

Habiéndose iniciado la exportación de almendras y avellanas tostadas en envases herméticos de pequeño tamaño, parece conveniente revisar el tipo desgravatorio aplicable a estos envíos, incluso cuando la Empresa exportadora no está acogida a la ordenación sectorial.

Se atiende con ello, como es la naturaleza de esta institución tributaria, a la devolución de los impuestos interiores satisfechos durante los procesos de fabricación de estos productos.

Con esta finalidad, este Ministerio, a propuesta del Ministerio de Comercio y Turismo, con el informe favorable de la Junta Consultiva de Ajustes Fiscales en Frontera, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único.

El tipo de desgravación fiscal aplicable a la exportación de almendras y avellanas tostadas en envases herméticos de hasta un kilogramo de peso neto (partidas estadísticas 20.06.01 y 20.06.03, partida arancelaria Ex. 20.06.A) será el 8 por 100.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 7 de agosto de 1979.

GARCIA AÑOVEROS

Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/08/1979
  • Fecha de publicación: 20/08/1979
Materias
  • Desgravación fiscal
  • Exportaciones
  • Frutos secos

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