Visto el expediente de indulto de Francisco Javier Martínez Benaque, condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza en sentencia de dieciséis de junio de mil novecientos setenta y ocho, como autor de un delito de robo, a la pena de seis años de presidio menor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal Sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticuatro de noviembre de mil novecientos setenta ocho,
Vengo en indultar a Francisco Javier Martínez Benaque de una sexta parte de la expresada pena privativa de libertad impuesta en la referida sentencia.
Dado en Madrid a uno de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
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