Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional con, fecha 24 de enero de 1979 sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 40.191, interpuesto por don José María Mateos Romero, sobre imposición de multa; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimamos parcialmente el recurso; anulamos, por disconformes a derecho, la resolución del Ministerio de Agricultura de veintinueve de abril de mil novecientos setenta y cinco, y declaramos que a don José María Mateos Romero debe serle impuesta una multa de ciento cincuenta y tres mil ochocientas ochenta y una pesetas, con obligación de regularizar sus existencias; sin expreso pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 11 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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