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Documento BOE-A-1979-20475

Resolución de la Delegación Provincial de León por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita (expediente 23.816. R. I. 6.340).

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19599 a 19599 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-20475

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Energía de esta Delegación Provincial, a petición de «Unión Eléctrica, S.A.», con domicilio en Madrid, Capitán Haya, 53, por la que solicita autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de líneas eléctricas trifásicas; cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de su Sección mencionada, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctria, S.A.», la instalación de líneas eléctricas trifásicas, cuyas principales características son las siguientes:

Manteniendo el actual trazado de las líneas derivadas de la general Fabero-Candín a las localidades de Lumeras y Bustarga, se sustituirán los apoyos por otros de pino creosotado con aisladores ARVI-22 para 20 KV., nuevos conductores de aluminio-acero de 31,1 milímetros cuadrados (LA-30), en una longitud de 1.960 metros hasta Lumeras y de 4.120 metros en Bustarga, cruzándose la carretera de Toral de los Vados a Santa Eulalia, línea telefónica de la C. T. N. E., rio Ancares, discurriendo las líneas por el término de Candín en sus anejos de Lumeras, Bustarga y Villarbón.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/ 1906, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio, mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

León, 16 de julio de 1979.‒El Delegado provincial, Miguel Casanueva Viedma.‒5.405-C.

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