Ilmo. Sr.: «S. A. Chupa Chups», de Barcelona, ha solicitado de este Ministerio la importación temporal de unas toallas de baño de algodón para acompañar con fines de promoción a unos productos de fabricación nacional.
Considerando que la importación temporal solicitada reúne los caracteres de un caso no incluido expresamente en la disposición cuarta del Arancel de Aduanas y que su concesión debe hacerse por Orden ministerial expresa,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le están conferidas por las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha tenido a bien disponer:
1.° Se autoriza a «S. A. Chupa Chups», de Barcelona, a importar temporalmente unas toallas de baño de algodón, comprendidas en la licencia de importación temporal número 9-240180, para acompañar con fines de promoción a unos productos de fabricación nacional.
2.° El despacho se hará por la Aduana de entrada de la mercancía con cumplimiento de las formalidades existentes para las importaciones temporales.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 18 de julio de 1979.−P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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