Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-20660

Orden de 14 de julio de 1979 por la que se resuelve asunto de conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 1754/1978, de 14 de abril, 930/1979, de 29 de abril, y Orden ministerial de 9 de agosto de 1977, con indicación de la resolución recaída.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19798 a 19799 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-20660

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 754/1978, de 14 de abril; 930/1979, de 29 de abril, y Orden ministerial de 9 de agosto de 1977, se resuelve el asunto que se indica.

1. Reus (Tarragona). Documentación rectificada del expediente referente a la normativa del sector Paseo Misericordia y avenida San Bernardo Calvo, de Reus (Tarragona), presentada por el Ayuntamiento de dicha localidad, en cumplimiento de la Orden ministerial de 26 de marzo de 1979, por la que se acordó la suspensión de la aprobación definitiva del expediente precitado para que se subsanaran en el mismo determinadas deficiencias.

Se acordó la aprobación definitiva del expediente de referencia, debiendo no obstante entrar en vigor dicho planeamiento una vez subsanadas por la Corporación las deficiencias que se relacionan, trámite que se dará cuenta a este Ministerio, a tenor de lo establecido en el artículo 132.3.b del Reglamento de Planeamiento:

1. En el apartado A) de la documentación aportada, se hará constar expresamente el carácter vinculante del plano, y se suprimirá el párrafo 2.º

2. En el apartado C), se suprimirá los párrafos 2.° y 3.º y se añadirá, en el párrafo 4.°, que las reservas de suelo tendrán un fin social, asistencial o educativo.

3. El apartado D) se redactará nuevamente de acuerdo con las rectificaciones anteriores, atribuyendo asimismo, a los estudios de detalle su verdadera función de conformidad con la Ley del Suelo.

4. En el apartado E), deberá añadirse que la única finalidad de las calles interiores de manzana es el acceso a las edificaciones proyectadas en dicha manzana.

Lo que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Suelo, significando que contra esta resolución que se transcribe definitiva en vía administrativa, cabe la interposición del recurso de reposición ante el Ministro de Obras Públicas y Urbanismo en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación, y en su día el contencioso-administrativo, que habrá de interponerse ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso, o si no lo fuere, en el plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 14 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Juan Diez Nicolás

Ilmo. Sr. Director general de Acción Territorial y Urbanismo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid