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Documento BOE-A-1979-20762

Orden de 24 de julio de 1979 por la que se dispone la ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Valladolid, en recurso interpuesto por don Angel Cenzual González, doña María Teresa y don Silvestre Cenzual Coca.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 24 de agosto de 1979, páginas 19880 a 19880 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-20762

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada en 30 d® junio de 1978 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Valladolid, en recurso contencioso-administrativo número 60/78, Interpuesto por don Angel Cenzual González, doña María Teresa y don Silvestre Cenzual Coca, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 29 de noviembre de 1977, relativo al Impuesto sobre lasRentas del Capital, ejercicios 1969 y 1971;

Resultando que la citada Audiencia se ha pronunciado.sobre la cuestión debatida en los términos que sé expresan en la parte dispositiva;

Considerando que concurren en este caso las circunstancias previstas en el artículo 105, 1, a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer la ejecución, en sus propios términos, de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que decretamos la indamisibilidad del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal dé don Angel Cenzual González, doña María Teresa y don Silvestre Cenzual Coca, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de veintinueve de noviembre de mil novecientos setenta y siete, que declaró extemporáneo el recurso de alzada interpuesto –a su vez– contra el fallo del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Salamanca de veintiocho de febrero de mil novecientos setenta y siete, denegatorio de la solicitud de suspensión de ejecución de acto administrativo a que el presente recurso, número sesenta del presente año, se refiere; sin hacer expresa condena en costas a las partes litigantes.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 24 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario d® Hacienda, Carlos García do Vinuesa y Zabala.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

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