Ilmo. Sr.: De acuerdo con lo solicitado por doña Carolina Cubells Gillmán, propietaria de la Academia de Ballet «Lina Cubells», de Valencia, con el dictamen favorable emitido por el Consejo Nacional de Educación en el expediente instruido al efecto y en cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 3.º, número 1, del Reglamento de Centros no oficiales de Enseñanzas Artísticas (Decreto 1887/1964, de 18 de junio, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio).
Este Ministerio ha resuelto clasificar como Centro no oficial autorizado de Enseñanzas Artísticas, con el alcance y efectos que para los mismos establecen las disposiciones vigentes, la Academia de Ballet «Lina Cubells», sita en la calle de la Sangre, número 4. 3.º de Valencia, que quedará adscrita al Conservatorio Superior de Música y Escuela de Arte Dramático y Danza de dicha capital.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 17 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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