En el recurso contencioso-administrativo número 190/77, interpuesto por «Kleinfe, S. A.», contra resolución de este Registro, de 28 de noviembre de 1975, se ha dictado con fecha 26 de septiembre de 1978 por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Puche Brun, en nombre y representación de la Entidad mercantil “Kleinfe, S. A.”, debemos anular y anulamos por no ser conforme a derecho, la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, que fue confirmada en reposición por otra de treinta de noviembre de mil novecientos setenta y seis, que concedía la inscripción de la marca. “Seldis”, número seiscientos sesenta y dos mil ciento cuatro, sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en aquel.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás Efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de julio de 1979 ‒El Director, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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