En el recurso contencioso-administrativo número 805/77, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Barcelona por «Sociedad Químico Farmacéutica de los Establecimientos Rocafort Doria, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de lo de mayo de 1976 se ha dictado con fecha 11 de abril de 1978 por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de "Sociedad Químico Farmacéutica de los Establecimientos Rocafort Doria, S. A." (Rocador, Sociedad Anónima), contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de diez de mayo de mil novecientos setenta y seis, por la que fue concedida la marca "Clenosan", y contra la resolución del mismo órgano de fecha doce de julio de mil novecientos setenta y siete, desestimatoria de la reposición de aquélla, acuerdos éstos que estimamos ser conformes a derecho, y no hacemos especial pronunciamiento en orden a las costas de este recurso.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de julio de 1979.–El Director, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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