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Documento BOE-A-1979-20921

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica de M. T. y C. de T. que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 1979, páginas 20009 a 20009 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-20921

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente A.T. 85/78 incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Pontevedra, a petición de «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, S. A.» (FENOSA), con domicilio en La Coruña, calle F. Macías, número 2, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica de M.T. subterránea, y un centro de transformación, en travesía avenida de Vigo de esta capital, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto número 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto número 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Pontevedra ha resuelto:

Autorizar a «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, S. A.» (FENOSA) la instalación de una línea eléctrica de M.T. y un centro de transformación cuyas principales características son las siguientes:

La línea será subterránea a 10/20 KV., de 821 metros de longitud, desde la L.M.T. «Marín I», hasta el C. de T. que se proyecta, en los bajos del edificio «Elias Prado», sito en una nueva travesía de la avenida de Vigo, en esta capital, con una capacidad de transporte de 3.845 KVA. a 10 KV y 7.690 KVA a 20 KV.

Un transformador de 400 KVA., relación de transformación 10.000/20.000/380-220 V, con la finalidad de suministrar energía eléctrica al edificio «Elias Prado» y al C. de T. de la nueva estación de autobuses.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley número 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Pontevedra, 22 de mayo de 1979.–El Delegado provincial, Jesús Gayoso Alvarez.–2.002-D.

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