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Documento BOE-A-1979-20931

Orden de 26 de julio de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso contencioso-administrativo seguido entre el Ayuntamiento de El Bruch y la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 1979, páginas 20012 a 20012 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-20931

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 304.521, seguido ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, entre el Ayuntamiento de El Bruch, como recurrente, y la Administración General del Estado, como recurrida, contra el Decreto 1225/1975, de 24 de abril, ha recaído sentencia en 9 de junio de 1979, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«Fallamos: Que declaramos inadmisible el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de El Bruch contra el Decreto 1225/1975, de 24 de abril Sin expreso pronunciamiento sobre costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 105, apartado a), de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el fallo en el «Boletín Oficial de Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 26 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Luis Cosculluela Montaner.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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