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Documento BOE-A-1979-20991

Real Decreto 2032/1979, de 20 de julio, por el que se crean cuatro Centros Estatales de Educación Permanente de Adultos, uno en Córdoba y tres en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 27 de agosto de 1979, páginas 20087 a 20087 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-20991

TEXTO ORIGINAL

La Ley catorce/mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, marco legal de obligada referencia en materia de Educación, define a ésta en su preámbulo como una permanente tarea inacabada, y se propone, entre sus principales objetivos, construir un sistema educativo capaz de desarrollar hasta el, máximo las posibilidades personales de todos y cada uno de los españoles y ofrecer al alumno, en cualquier momento del proceso educativo, pasado el período de Educación General Básica, la posibilidad de reincorporarse a los estudios, así como la de facilitárselos a aquéllos que en su momento no pudieron cursarlos con regularidad.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos cuarenta y cuatro, cuarenta y cinco y noventa y uno de la ley General de Educación, que regulan la creación y características de los Centros de Educación Permanente de Adultos, y con el fin de atender a los objetivos expuestos, a propuesta del Ministro de Educación, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crean los Centros estatales de Educación Permanente de Adultos siguientes:

Provincia de Córdoba

Municipio: Córdoba. Localidad: Córdoba.‒Centro de Educación Permanente de Adultos «Luis de Góngora», domiciliado en calle Huelva, sin número, para doscientos puestos escolares.

Provincia de Madrid

Municipio: Getafe. Localidad: Getafe.‒Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en calle Guadalajara, 3 (Casa de la Cultura), para mil doscientos cincuenta y cinco puestos escolares.

Municipio: Madrid. Localidad: Madrid.‒Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en calle Corregidor Alonso de Tobar, siete (Moratalaz), para novecientos quince puestos escolares.

Municipio: Madrid. Localidad: Madrid.‒Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en calle Camarena, ciento ochenta y uno bis (Aluche), para seiscientos ochenta y cinco puestos escolares.

Articulo 2.

Se autoriza al Ministerio de Educación para que, por Orden ministerial, señale la fecha de comienzo de las actividades en los Centros de Educación Permanente de Adultos relacionados en el artículo anterior, y para adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación,

JOSE MANUEL OTERO NOVAS

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