Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la Empresa «S. A. Grober», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden de 5 de julio de 1969 («Boletín Oficial del Estado» del 15) y prorrogado hasta el 15 de julio de 1979,
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto prorrogar por dos años más, a partir del 15 de julio de 1979, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «S. A. Grober», con domicilio en Santa Agueda, 26-28, Barcelona, para la importación de hilo de caucho desnudo, hilados de fibra sintética y monofilamentos de materia textiles sintéticas y artificiales y la exportación de hilos de caucho vulcanizado recubierto de textiles, y cordones, trenzas, cintas, tejidos y tules elásticos (que no sean de punto).
Quedan incluidos en los beneficios de esta autorización que se prorroga los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 6 de agosto de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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