Ilmo. Sr.: Visto el escrito de la Entidad «V.A.L.S.E.M. (Valenciana de Seguros Mutuos)», constituida mediante escritura pública, otorgada en Valencia el 9 de noviembre de 1978, en solicitud de inscripción en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras a que se refiere el artículo 3.º de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre ordenación de los seguros privados, autorización para operar con ámbito limitado a la provincia de Valencia, en los ramos del seguro voluntario de automóviles, incendios y accidentes individuales, y aprobación de las correspondientes proposiciones, condiciones generales y particulares, bases técnicas y tarifas, para lo que ha presentado la documentación pertinente;
Vistos asimismo los informes favorables de las Secciones correspondientes de ese Centro directivo, y a propuesta de V. I.,
Este Ministerio ha tenido a bien acceder a lo solicitado por la Entidad indicada.
Lo que comunico a V I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de julio de 1979.‒P. D., el Director general de Seguros, Luis Angulo Rodríguez.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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