Se concede autorización a la Entidad venezolana «C. A. Reaseguradora Internacional del Orinoco», con domicilio en Edificaciones C. A., calle Santa Luisa, Colinas de la California, Caracas, para efectuar operaciones de reaseguro aceptado con Entidades inscritas en España, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.º del Decreto de 29 de septiembre de 1944, señalándole la obligación que esta autorización entraña de remitir anualmente la documentación a que se refiere el artículo 10 del mencionado Decreto.
Madrid, 11 de junio de 1979.–El Director general, Fernando del Caño Escudero.
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