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Documento BOE-A-1979-21376

Orden de 9 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, número 52.427.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 1979, páginas 20520 a 20520 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-21376

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, seguido ante el Tribunal Supremo con el número 52.427, interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada el 13 de febrero de 1978 por la Audiencia Territorial de Sevilla en el recurso número 709/1976, promovido por «Prefabricados Cerámicos Internacionales, S. A.» (PRECERIN), contra resolución de 12 de abril de 1976, que acordó iniciar nuevo expediente de expropiación con motivo de las obras del Canal de Navegación Sevilla-Bonanza, 1.ª fase, Nuevo Guadaira, se ha dictado sentencia con fecha 29 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla de fecha trece de febrero de mil novecientos setenta y ocho, en pleito setecientos nueve/mil novecientos setenta y seis, confirmamos ésta en todas sus partes, sin expresa imposición de costas en ninguna de las dos instancias.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 9 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.

Ilmo. Sr. Director general de Obras Hidráulicas.

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