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Documento BOE-A-1979-21561

Orden de 20 de junio de 1979 por la que se propone la aprobación de diecisiete contadores de gas, marca «Instromet», modelos «G-100», «G-160» (80 milímetros), «G-160» (100 mm.), «G-250», «G-400», «G-650», «G-1.000», «G-1.600» (200 mm.), «G-1.600» (250 mm.), «G-2.500» (250 mm.), «G-2.500» (300 mm.), «G-4.000» (300 mm.), «G-4.000» (400 mm.), «G-6.500» (400 mm.), «G-6.500» (500 mm.), «G-10.000» (500 mm.) y «G-10.000» (600 mm).

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 1979, páginas 20676 a 20677 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-21561

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vista la petición interesada por la Entidad «Construcciones, Suministros y Servicios. S. A. (CONSUSA), domiciliada en Gavá (Barcelona), Riera de las Parets, sin número, en solicitud de aprobación de diecisiete contadores de gas, marca «Instromet», de turbina, para una presión máxima de trabajo de 100 bar, para medir gas ciudad, natural manufacturado o de «cracking», butano, propano y sus mezclas con aire, tipos «G-100», «G-160» (80 mm.), «G-160» (100 mm.), «G-250», «G-400», «G-850», «G-1.000», «G-1.600» 200 mm.), «G-1.600» (250 milímetros), «G-2.500» (250 mm.), «G-2.500» (300 mm ), «G-4.000» (300 mm ), «G-4.000» (400 mm ), «G-6.500» (400 mm ), «G-6.500» (500 mm.), «G-10.000» (500 mm.) y «G-10.000» (600 mm.), fabricados por la firma «Instromet», de Holanda,

Esta Presidencia del Gobierno, de acuerdo con las normas previstas en el Decreto de 27 de enero de 1956; Decreto 955/1974, de 28 de marzo, por el que pueden someterse a plazo las autorizaciones de los modelos-tipo de aparatos de pesar y medir, y con el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto:

Primero.

Autorizar, por un plazo de validez que caducará el 30 de junio de 1989, en favor de la Entidad «Construcciones, Suministros y Servicios, S. A.» (CONSUSA), los diecisiete contadores de gas, marca «Instromet», de turbina, para una presión máxima de trabajo de 100 bar, para medir gas ciudad, natural, manufacturado o de «cracking», butano, propano y sus mezclas con aire, cuyas densidades estén comprendidas entre 0,4 y 2,3, respecto al aire, tipos «G-100», «G-160» (80 mm.), «G-160» (100 milímetros), «G-250», «G-400», «G-650», «G-1.000», «G-1.600» (200 milímetros), «G-1.600» (250 mm.), «G-2.500» (250 mm.), «G-2.500» (300 mm.), «G-4.000» (300 mm.), «G-4.000» (400 mm.), «G-6.500» (400 mm ), «G-6.500» (500 mm.), «G-10.000» (500 mm.) y «G-10.000» (600 mm ), para caudales máximos de 160,. 250, 250, 400, 650, 1.000, 1.600, 2.500, 2.500, 4.000, 4.000, 6.500, 6.500, 10.000, 10,000, 16.000 y 16.000 m³/h., respectivamente, y cuyos precios máximos de venta serán de Doscientas cuarenta mil pesetas (240.000), doscientas sesenta mil pesetas (260.000), doscientas sesenta mil pesetas (260.000), trescientas treinta mil pesetas (330.000), quinientas veinticinco mil pesetas (525.000), quinientas sesenta mil pesetas (560.000), setecientas noventa mil pesetas (790.000), un millón doscientas mil pesetas (1.200.000), un millón doscientas mil pesetas (1.200.000), un millón trescientas mil pesetas (1.300.000), un millón trescientas mil pesetas (1.300.000), un millón novecientas mil pesetas (1.900.000), un millón novecientas, mil pesetas (1.900.000), dos millones doscientas mil pesetas (2.200.000), dos millones doscientas mil pesetas (2.200.000), dos millones quinientas mil pesetas (2.500.000) y dos millones quinientas mil pesetas (2.500.000), respectivamente.

Segundo.

La aprobación temporal de los prototipos anteriores queda supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones de carácter general aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de julio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de agosto).

Tercero.

Por los servicios de verificación del Ministerio de Industria y Energía se tendrá en cuenta, para realizar los ensayos de estanqueidad o impermeabilidad de los contadores correspondientes a los prototipos a que se refiere esta Orden, que deberán ser sometidos a una presión de una vez y media la presión máxima de trabajo.

Cuarto.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la Entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia prórroga de la autorización de circulación, la cual será propuesta a la Superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias realizadas por la propia Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología, o las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Quinto.

Los contadores correspondientes a los prototipos a que se refiere esta Orden llevarán inscritos en sus esferas, o grabados en placa solidaria a la cubierta de los mismos, las siguientes indicaciones:

a) El nombre de la Entidad constructora, o la marca, así como la designación del modelo o tipo del mismo.

b) El número de fabricación del contador, que deberá estar grabado además en una de sus piezas principales interiores.

c) Gastos máximos, en metros cúbicos hora, para estos contadores: «Q. máx. 160 m³/h.», «Q. máx. 250 m³/h.», «Q. máx. 250 m³/h.», «Q. máx. 400 m³/h.», «Q. máx. 650 m³/h.», «Q. máx. 1.000 m³/h.», «Q. máx. 1.600 m³/h.», «Q. máx. 2.500 m³/h.», «Q. máx. 2.500 m³/h.», «Q. máx. 4.000 m³/h.», «Q. máx. 4.000 m³/h.», «Q. máx. 6.500 m³/h.», «Q. máx. 6.500 m³/h.», «Q. máx. 10.000 m³/h.», «Q. máx. 10.000 m³/h.», «Q. máx. 16.000 m³/h.», «Q. máx. 16.000 m³/h.», respectivamente.

d) Gastos mínimos, en metros cúbicos hora, para estos contadores: «Q. mín. 16 m³/h», «Q. mín. 13 m³/h.», «Q. mín. 13 m³/hora», «Q. mín. 20 m³/h.», «Q. mín. 32 m³/h», «Q. mín. 50 m³/hora», «Q. mín. 80 m³/h.», «Q. mín. 130 m³/h.», «Q. mín. 130 m³/hora», «Q. mín. 200 m³/h.», «Q. mín. 200 m³/h.», «Q. mín. 320 m³/h », «Q. mín. 320 m³/h.», «Q. mín. 500 m³/h», «Q. mín. 500 m³/h.», «Q. mín. 800 m³/h.», «Q. mín. 800 m³/h.», respectivamente.

e) Símbolo de la unidad, de medida: «m³».

f) Presión máxima de trabajo: «100 bar» para cada contador.

g) Fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Lo que comunico a VV. II. para conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 20 de junio de 1979.

PEREZ-LLORCA Y RODRIGO

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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