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Documento BOE-A-1979-21654

Real Decreto 2081/1979, de 14 de agosto, por el que se autoriza la garantía del Estado a la operación de préstamo por importe de 50.000.000 de francos suizos, proyectada por «Bética de Autopistas, Sociedad Anónima», concesionaria del Estado, con «Unión de Bancos Suizos».

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 1979, páginas 20753 a 20753 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-21654

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto ley tres/mil novecientos sesenta y nueve, de trece de febrero, en relación con el Decreto-ley cinco/mil novecientos sesenta y seis, de veintidós de julio; Decreto mil seiscientos treinta y seis/mil novecientos sesenta y nueve, de diecisiete de julio, y Ordenes del Ministerio de Obras Públicas de catorce de febrero de mil novecientos sesenta y nueve, en relación con lo dispuesto por el artículo ciento dieciséis de la Ley once/mil novecientos setenta y siete, de cuatro de enero, General Presupuestaria, y Real Decreto ochocientos ochenta/mil novecientos setenta y siete, de uno de abril, procede autorizar la garantía del Estado a la operación financiera que más adelante se detalla, reservando al Ministro de Hacienda, dentro de la competencia que le corresponde en tal materia o que, en su caso, se desprenda de la autorización que a este efecto se le confiere en el presente Real Decreto, el otorgamiento del aval del Tesoro y, si fuera preciso, determinación definitiva de las características de la operación financiera, relevantes a efectos de la garantía que se presta, así como la de dictar los pronunciamientos que se precisen al efecto indicado y aquellos que sean consecuencia de estas actuaciones y que vengan exigidos por la naturaleza de dicha operación financiera.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día catorce de agosto de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se autoriza la garantía solidaria del Estado sobre todas las obligaciones patrimoniales derivadas del préstamo que «Bética de Autopistas, S. A.», concesionaria del Estado, proyecta concertar con «Unión de Bancos Suizos», por importe de cincuenta millones de francos suizos, cuya operación financiera ha sido autorizada por acuerdos del Ministerio de Economía de cinco y veintitrés de julio de mil novecientos setenta y nueve, con determinación de sus características y condiciones.

Artículo 2.

La Sociedad concesionaria deberá destinar los fondos obtenidos con la presente operación de préstamo a practicar los reembolsos y amortizaciones anticipadas detalladas en el acuerdo del Ministerio de Economía de cinco y veintitrés de julio de mil novecientos setenta y nueve.

Artículo 3.

La efectividad de la presente garantía queda condicionada a la existencia dé margen suficiente en la autorización presupuestaria de avales, referida a la fecha en que sea formalizado el correspondiente aval del Tesoro.

Artículo 4.

El Ministro de Hacienda, en uso de la competencia que a estos efectos le corresponde, otorgará el aval del Tesoro a dicha operación financiera con arreglo a lo prevenido en los artículos precedentes y se comunicará, por si o por la autoridad en quien delegue, sobre todos los extremos necesarios y que sean consecuencia de las autorizaciones precedentes.

Artículo 5.

El presente Real Decreto surtirá efecto desde la fecha de su notificación a la Entidad concesionaria.

Dado en Palma de Mallorca a catorce de agosto de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

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