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Documento BOE-A-1979-21834

Orden de 3 de agosto de 1979 por la que se amplía el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Exportadores Reunidos de Calzado Aragoneses» (ERCASA) por Orden de 5 de abril de 1979, en el sentido de que se incluyan como nuevos productos de exportación las botas de señora y caballero.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 1979, páginas 20979 a 20979 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-21834

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «Exportadores Reunidos de Calzado Aragoneses» (ERCASA), beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo, por Orden de 5 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 21), para la importación de pieles y cueros y la exportación de calzado, solicita se incluyan como nuevos productos de exportación las botas de señora y caballero.

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

1.º Ampliar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Exportadores Reunidos de Calzado Aragoneses» (ERCASA), con domicilio en Zaragoza, por Orden ministerial de 5 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 21), en el sentido de incluir como nuevos productos de exportación las botas de de señora, P. E. 64.02.01 y botas de caballero, P. E. 64.02.02.

2.º A efectos contables respecto a la presente ampliación se establece lo siguiente:

Por cada 100 pares de botas que se exporten de la señaladas a continuación se podrán importar, con franquicia arancelaria, o se datarán en cuenta de admisión temporal, o se devolverán los derechos arancelarios, según el sistema al que se acoja el interesado, las cantidades de mercancías que también se indican:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1979/215/21834_14259502_image1.png

Además, y por cada 100 pares de botas que se exporten (de caballero o de señora, y cualquiera que sea su altura de caña):

– 20 kilogramos de crupones suela para pisos.

– 4 planchas sintéticas para palmillas de 130 por 85 cms.

3.º Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 11 de mayo de 1979 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y devolución de derechos derivados de la presente ampliación, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución. Para estas exportaciones, los plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 5 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 21) que ahora se amplía.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 3 de agosto de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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