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Documento BOE-A-1979-21937

Real Decreto 2126/1979, de 3 de agosto, por el que se declaran de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa, las obras y servicios necesarios para la revalorización del yacimiento arqueológico «Dolmen de la Granja del Toriñuelo», en Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 1979, páginas 21063 a 21063 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-21937

TEXTO ORIGINAL

En la provincia de Badajoz, término municipal de Jerez de los Caballeros, y en la Dehesa de la Granja, se halla situado el yacimiento denominado «Dolmen de la Granja del Toriñuelo».

La mencionada Dehesa de la Granja dista seis kilómetros ai noreste de la citada localidad de Jerez de los Caballeros, y dentro de ella se localiza el monumento a quinientos metros de la carretera comarcal número cuatro mil trescientos once, al paraje denominado Cerca del Toriñuelo.

Ya en mil novecientos se constata la ocupación del lugar en época romana. Años más tarde, es visitado y estudiado, y por los datos recogidos en diversas publicaciones arqueológicas, se pone de manifiesto la importancia del monumento y del área conservada, la cual comporta, además de su consideración de zona monumental propiamente megalítica, la de ocupación posterior (alrededor del siglo I), comprobada al inspeccionar los trabajos efectuados y las recientes excavaciones realizadas.

El monumento es, en muchos aspectos, un ejemplar único en España, y observado a través del tiempo, y en su contexto geográfico-cultural es donde cobra sentido su magnificencia y unicidad.

Es aconsejable, por todo lo expuesto, para la mejor conservación y excavación reglamentada del terreno donde se halla enclavado el yacimiento arqueológico del «Dolmen de la Granja del Toriñuelo» (Badajoz), la declaración de uitlidad pública de las obras y servicios necesarios para su revalorización a los, efectos de expropiación forzosa de los terrenos sobre los que el mismo se halla enclavado. Dicha área arqueológica forma parte de la Dehesa de la Granja al paraje denomiinado Cerca del Toriñuelo, según plano que figura unido al expediente, describiéndose sus límites en anexo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Para la mejor conservación y utilización del yacimiento arqueológico de «Dolmen de la Granja del Toriñuelo», en Jerez de los Caballeros (Badajoz), cuyo carácter arqueológico se reconoce oficialmente, se declaran de utilidad pública las obras y servicios necesarios para llevar a cabo la revalorización del citado yacimiento y del entorno y ambiente propios del mismo, de conformidad con la Ley reguladora de las excavaciones arqueológicas de siete de julio de mil novecientos once y ei Reglamento para su aplicación de uno de marzo de mil novecientos doce, a tenor de lo dispuesto en el artículo diez de la Ley de Expropiación Forzosa de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, y a los efectos previstos en esta última, de expropiación de los terrenos sobre los que dicho yacimiento se halla enclavado, según delimitación que figura en anexo.

Dado en Palma de Mallorca a tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Cultura.

MANUEL CLAVEBO AREVALO

ANEXO QUE SE CITA

Delimitación del yacimiento arqueológico «Dolmen de la Granja de Toriñuelo», en la Dehesa La Granja, al paraje denominado Cerca del Toriñuelo, en Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Por el Norte, el embarcadero de ganado, construido en mil novecientos setenta y siete, en la zona monumental; por el Noroeste, un terreno de la finca no cultivable que forma la plataforma sobre la que se asienta el monumento; por el Este y Sureste, una parcela de regadío, de la que quedaba segregada mediante una cerca de piedra, hoy día en parte destruida y a distinto nivel que la plataforma-, por el Sur, la plataforma; por el Suroeste, la nave almacén, como el embarcadero, levantada én mil novecientos setenta y siete en la zona monumental, y por el Oeste, el camino público denominado de La Granja.

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