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Documento BOE-A-1979-22263

Resolución de la Delegación Provincial de Segovia por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 1979, páginas 21431 a 21431 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-22263

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Segovia a petición de doña Heliodora Gómez de Miguel (Empresa distribuidora de energía eléctrica), con domicilio en Cabezuela (Segovia), solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una instalación eléctrica de línea alta tensión, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre utilización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Segovia ha resuelto:

Autorizar a doña Heliodora Gómez de Miguel la instalación de la línea alta tensión cuyas principales características son las siguientes:

Línea de circuito simple a 5 KV., con conductores de aluminio-acero de 43,05 milímetros cuadrados de sección, aisladores de cadenas de vidrio y apoyos de hormigón y metálicos, cuyo recorrido, de 120 metros de longitud, tendrá su origen en la línea Cantalejo-Valdesimonte, de «Unión Eléctrica, S. A.», finalizando en un centró de transformación del peticionario, existente en la localidad de Aldeonsancho.

La finalidad de esta instalación es sustituir la actual línea, que se encuentra en estado deficiente.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1986.

Esta instalación no podrá realizarse mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1986, de 20 de octubre.

Segovia, 27 de agosto de 1979.–El Delegado provincial.–5.920-C.

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