Ilmo. Sr.: Examinados los expedientes que presentan los Centros que habrán de citarse, y en los que ya funcionan secciones de Formación Profesional de primer grado, para que se les amplíe a segundo y se les autoricen enseñanzas de esta categoría académica;
Teniendo en cuenta que reúnen las condiciones a que se refiere el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 12 de abril), o sea, poseer el reconocimiento jurídico como Centros de B.U.P. homologados, y los que exige le Orden de 31 de julio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de agosto), y los informes favorables de los Coordinadores de Formación Profesional, así como las propuestas de los Delegados Provinciales de Educación,
Este Ministerio ha resuelto conceder a los siguientes Centros al funcionamiento de secciones de segundo grado de Formación Profesional y autorizarles a impartir las enseñanzas que se especifican a partir del curso académico 1979-80;
Provincia de Barcelona
Municipio: Badalona. Localidad: Badalona. Denominación: «Colegio Badalonés». Domicilio: General Mola, 17. Titular: Don Manuel Dunjo Paya. Enseñanzas: Segundo grado, rama Administrativa y Comercial, especialidad Administrativa, por el régimen de Especializadas.
Municipio: Barcelona. Localidad: Barcelona. Denominación: «Centro de Estudios Prat». Domicilio: Rambla de Cataluña, 117. Titular: «Centro de Estudios Prat, S. A.». Enseñanzas: Segundo grado, rama Administrativa y Comercial, especialidades Administrativa y Secretariado, por el régimen de especializadas.
Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 31 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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