Ilmo. Sr.: Examinado el expediente que presenta el Director del Centro no estatal de Formación Profesional de primer grado «C. E. L.», de Granada, para que se le autorice la implantación de las enseñanzas de la rama Sanitaria de segundo grado, especialidad Anatomía patológica;
Teniendo en cuenta que se le autorizó la especialidad de Radiodiagnóstico, también de segundo grado de Formación Procesional, y que reúne las condiciones y medios para este tipo de enseñanzas, que cuenta con los permisos correspondientes para las prácticas hospitalarias y el informe favorable del Coordinador de Formación Profesional, así como la propuesta del Delegado provincial de Educación,
Este Ministerio ha resuelto autorizar al Centro no estatal de Formación Profesional de primer grado «C. E. L.», de Graznada, para implantar las enseñanzas de la rama Sanitaria de segundo grado, especialidad de Anatomía patológica, a partir del curso académico 1979-80, de conformidad con lo determinado en el artículo 27, 3, del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril).
Por la Dirección Generar de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid. 1 de agosto de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr Director general de Enseñanzas Medias.
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