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Documento BOE-A-1979-22844

Orden de 4 de agosto de 1979 por la que se resuelve transformar y clasificar a la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios «Onésimo Redondo», de Valladolid, en Centro no estatal de Formación Profesional de segundo grado, homologado.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 1979, páginas 22102 a 22102 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-22844

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la petición formulada por el Director del Instituto Nacional de Previsión de Valladolid para que se conceda la creación de un Centro no estatal de Formación Profesional de segundo grado, rama Sanitaria, por transformación de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios «Onésimo Redondo», dependiente de dicho Organismo;

Teniendo en cuenta que puede serle de aplicación lo dispuesto por Real Decreto 2188/1977, de 23 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto), para impartir la Formación Profesional de la rama Sanitaria, y que reúne las condiciones y requisitos para este tipo de estudios y las generales a que se refiere el Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Bo etín Oficial del Estado» de 12 de abril); el Decreto 1855/1974, de 7 de junio («Boletín Oficial del Estado» de lo de julio), y la Orden de 31 de julio de 1074 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de agosto); ei informe favorable del Coordinador de Formación Profesional, y la propuesta en el mismo sentido del Delegado provincial de Educación.

Este Ministerio ha resuelto transformar y clasificar a la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios «Onésimo Redondo», de Valladolid, dependiente del Instituto Nacional d« Previsión de dicha localidad, en Centro no estatal de Formación Profesional de segundo grado, homologado, con la misma denominación, domicilio en avenida de Santa Teresa, sin número, los puestos escolares adecuados, titularidad la reseñada del Organismo expresado, y autorizándole a que se cursen en el, con carácter exclusivo y a partir del curso académico 1979-80, las enseñanzas de la rama Sanitaria, de conformidad con lo preceptuado en e¡ citado Decreto 2188/1977, según el cuadro de especialidades siguientes:

Laboratorio, Radiodiagnóstico, Anatomía patológica.

Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 4 de agosto de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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