Ilmo. Sr.: Por Orden de 4 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de septiembre siguiente) le fueron declaradas a extinguir al Centro Nacional de Formación Profesional de Inca (Baleares) las Profesiones de Preparado-aparado y Zapatero-troquelador de la rama de la Piel del primer grado de Formación Profesional.
Teniendo en cuenta las razonas alegadas por el Coordinador provincial de Formación Profesional y Delegado provincial del Departamento,
Este Ministerio ha dispuesto quede sin efecto la mencionada Orden de 4 de julio de 1978 en lo que se refiere a la extinción de las enseñanzas del primer grado de Formación Profesional en la rama de la Piel, Profesiones de Preparado-aparado y Zapatero-troquelador, en el Centro Nacional de Formación Profesional de 1.° y 2.° grados de Inca.
Lo digo a V. I. pera su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 27 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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