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Documento BOE-A-1979-23097

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se concede a «Río Tinto Patiño, S. A.», un aprovechamiento de aguas derivadas del río Odiel, en término municipal de Aracena (Huelva), con destino a usos industriales.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 25 de septiembre de 1979, páginas 22365 a 22365 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-23097

TEXTO ORIGINAL

«Río Tinto Patiño, S. A.», ha solicitado la concesión de un aprovechamiento de aguas del río Odiel, en el término municipal de Aracena (Huelva), con destino a usos industriales, y

Este Ministerio ha resuelto conceder a «Río Tinto Patiño, Sociedad Anónima», la ampliación hasta 446 litros por segundo del aprovechamiento de aguas del río Odiel, en el término municipal de Aracena (Huelva), que tiene concedido por Orden ministerial de 29 de abril de 1971 para usos industriales y con sujeción a las siguientes condiciones:

Primera.

Las obras se ajustarán al proyecto que ha servido de base a la tramitación de la concesión y que por esta Resolución se aprueba a efectos concesionales, redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, don José Luis Bezares Díaz, visado por el Colegio Oficial con el número 69.012, en 13 de abril de 1977, cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 39.524.771 pesetas.

En el plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente concesión «Río Tinto Patiño, S. A.», presentará para su aprobación por la superioridad un proyecto de construcción de recrecimiento de la presa del Odiel, en el que se recojan las prescripciones impuestas por el Servicio de Vigilancia de Presas de la Dirección General de Obras Hidráulicas en el informe de dicho Servicio de 20 de abril de 1978, aprobado por la Subdirección General de Explotación.

La Comisaria de Aguas del Guadiana podrá autorizar pequeñas modificaciones que, sin alterar la esencia de la concesión, tiendan a mejorar el proyecto.

Segunda.

Las obras comenzarán en el plazo de seis meses a partir de la fecha de publicación de esta concesión en el «Boletín Oficial del Estado» y deberán quedar terminadas en el plazo de dos años a partir de la misma fecha.

Las demás condiciones serán las mismas que la de la concesión otorgada por Orden ministerial de 29 de abril de 1971, excepto la 8.ª, que quedará modificada en el sentido de que el período por el que se otorga la concesión será de veinte años y en las mismas condiciones.

Lo que se hace público, en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Madrid, 20 de julio de 1979.‒El Director general, P. D., el Comisario central de Aguas, José María Gil Egea.

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