El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 10 de septiembre de 1979, ha resuelto otorgar definitivamente a «Herederos de José Guzmán Sosa» la concesión de! servicio citado como hijuela del ya establecido entre Gáldar y Sardina (V-1.647), provincia de Las Palmas de Gran Canaria, con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de Transportes vigentes y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario, longitud de 1,7 kilómetros: Punto kilométrico 1 de la GC-140 y El Roque, se realizará sin paradas fijas intermedias.
Expediciones: Tres de ida y vuelta los días laborables y una de ida y vuelta los días festivos.
Tarifas: Las mismas del servicio-base V-1.647.
Clasificación con respecto al ferrocarril: Independiente en conjunto con el servicio-base V-1.647.
Madrid, 10 de septiembre de 1979.‒El Director general, Pedro González-Haba González.‒12.180-E.
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