El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 10 de enero de 1979, ha resuelto otorgar definitivamente a hijos de José Puga Mangana la concesión del citado servicio, como hijuela del ya establecido entre Orense y Verín (V. 3.024), provincia de Orense, con arreglo a las Leyes y Reglamentos de Ordenación y Coordinación de Transportes vigentes, y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud, 10,6 kilómetros Cerdedelo, Trez y Laza.
Expediciones: Una diaria de ida y vuelta los días laborables, en coordinación de horario cotí el servicio-base.
Tarifas: Las mismas del servicio-base V. 3.024.
Clasificación respecto al ferrocarril: Coincidente b) en conjunto con el servicio-base V. 3.024.
Madrid, 10 de enero de 1979.‒El Director general, José Luis García López.
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