Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,
Esta Dirección General ha acordado:
Tener por incoado expediente de declaración de conjunto histórico artístico a favor de los restos del monasterio de Sopetrán, la ermita de La Fuensanta y el molino y murallas situados junto al mismo, así como el soto contiguo, todo ello comprendido en la delimitación que figura en el plano unido al expediente.
Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Hacer saber al Ayuntamiento de Hita que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 33 de la Ley de 13 de mayo de 1963, todas las obras que hayan de realizarse en el conjunto cuya declaración se pretende no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente de esta Dirección General.
Que el presente acuerdo se publique en el «Boletín Oficial del Estado» abriéndose, cuando esté completo el expediente, un periodo de información pública.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 4 de septiembre de 1979.‒El Director general, Javier Tusell Gómez.
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