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Documento BOE-A-1979-24551

Resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Seguridad Social por la que se convocan cursos de formación de Médicos de Empresa a celebrar en Barcelona, Bilbao, Cádiz, Madrid, Murcia, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 1979, páginas 24143 a 24144 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-24551

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.° del Decreto 1036/1959, de 10 de junio, y con lo que se determina en los artículos 35, 36 y 37 del vigente Reglamento de los Servicios Médicos de Empresa («Boletines Oficiales del Estado» números 148, 284 y 300, de 22 de junio, 27 de noviembre y 17 de diciembre de 1959, respectivamente), esta Subsecretaría convoca once cursos de formación de Médicos de Empresa, de 70 plazas de alumnos cada uno, para la obtención del correspondiente diploma de aptitud, los cuales se celebrarán en el año escolar 1979/1980, en las ciudades que se relacionan a continuación y con arreglo a las bases que asimismo se expresan:

Barcelona, Bilbao, Cádiz, Madrid, Murcia, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.

Bases

Primera.

Podrán solicitar su admisión a uno de estos cursos todos los Médicos que lo deseen sin limitación de edad ni de fecha de terminación de la licenciatura.

Segunda.

Las instancias dirigidas al Director de la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo se presentarán en la sede de la misma, o por correo certificado (pabellón 8 de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense, Ciudad Universitaria, Madrid-3), dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta Resolución, acompañados de los siguientes documentos:

Testimonio notarial del título de Licenciado en Medicina, o fotocopia legalizada del mismo.

Certificación académica en la que conste la calificación obtenida en la licenciatura, original o fotocopia legalizada.

Cualquier otro que acredite debidamente los méritos que se aleguen.

Aquellos que hubieran concurrido en solicitud a convocatorias anteriores, deberán hacerlo constar claramente, quedando exentos de remitir nueva documentación, siempre que ésta obre completa en los archivos de esta Escuela. En este caso, solamente remitirán los documentos acreditativos de los nuevos méritos que pudieran tener desde la fecha de su solicitud anterior.

Tercera.

Los solicitantes valorarán sus méritos con arreglo a la puntuación que figura en el baremo que se publica a continuación de esta convocatoria, utilizando para ello el dorso de la instancia, consignando, los epígrafes y conceptos de aquellos que les afecte. Esta valoración de méritos será firmada por el interesado.

Cuarta.

La autovaloración de méritos de cada solicitante será comprobada y, en su caso, corregida y completada por la Escuela. El resultado obtenido se publicará en el tablón de anuncios de ésta, admitiéndose contra el mismo reclamaciones por escrito debidamente razonadas, dentro del plazo de diez días.

Quinta.

Realizada la selección de alumnos, no se admitirá bajo ningún pretexto solicitud de traslado de matricula de un curso a otro.

Sexta.

El curso se iniciará el día 5 de noviembre y finalizará en el mes de junio siguiente. Una vez realizados los correspondientes exámenes, los alumnos aprobados recibirán el diploma oficial de aptitud.

Séptima.

Es obligatoria la asistencia diaria de los alumnos, tanto a las clases teóricas como a las prácticas.

Octava.

En las instancias se hará constar por los solicitantes que conocen y aceptan las condiciones expresadas en las presentes bases, siendo rechazadas en principio aquellas en las que se omita tal declaración.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 17 de septiembre de 1979.‒El Subsecretario. Eloy Ybáñez Bueno.

Ilmo. Sr. Director ejecutivo del Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo.

Baremo de méritos

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