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Documento BOE-A-1979-24754

Orden de 24 de septiembre de 1979 por la que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona Sabero-Alejico (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 1979, páginas 24375 a 24375 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-24754

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Los acusados caracteres de gravedad que presenta la dispersión parcelaria de la zona Sabero-Alejico (León), puestos de manifiesto por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario en el estudio que ha realizado sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, aconsejan llevar a cabo la concentración parcelaria de la misma por razón de utilidad pública, tanto más cuanto que incluida dicha zona en la comarca de actuación del IRYDA de «Montaña de Riaño» (León), aprobada por Decreto de 5 de junio de 1975, es indispensable para cumplir los objetivos señalados en dicho Decreto conseguir explotaciones cuya estructura permita el suficiente grado de mecanización y modernización del proceso productivo.

En su virtud, este Ministerio, al amparo de las facultades que le corresponden conforme a los artículos 50 y 181 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, se ha servido disponer:

Primero.

Que se lleve a cabo la concentración parcelaria de la zona Sabero-Alejico (León), que estará formada por el término municipal de Sabero, limitada de la siguiente forma: Norte, término municipal de Crémenes, en sus anejos de Valdoré y Verdiego; Este, río Esla y término municipal de Cistierna, en su anejo de Santa Olaja de la Varga; Sur, término municipal de la Ercina, en su anejo de Yugueros, y Oeste, término municipal de Sabero, en su anejo de Saelices de Sabero. Dicho perímetro quedará en definitiva, modificado de acuerdo con lo previsto en el artículo 172 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973.

Segundo.

La concentración de la mencionada zona se considerará de utilidad pública y de urgente ejecución y se realizará con sujeción a las normas de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario anteriormente citada.

Lo que comunico a W. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 24 de septiembre de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario de este Departamento y Presidente del IRYDA.

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