Ilmo. Sr. La demanda de escolarización que a nivel de la educación de Formación Profesional se prevé pera el curso 1979-80 determina la necesidad de ajustar las enseñanzas correspondientes al citado nivel que en la actualidad imparten los Centros Nacionales de la red, dependientes de este Departamento.
En consecuencia, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Enseñanzas Medias, con las atribuciones que le confiere la vigente Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables al caso,
Este Ministerio ha resuelto ampliar las enseñanzas que se cursan en la sección de Formación Profesional de primer grado de Burriana (Castellón) en el primer grado de Formación Profesional en la rama Administrativa y Comercial, Profesión Administrativa.
Igualmente se amplían, con carácter excepcional, el segundo grado de Formación Profesional en la especialidad Administrativa, de la rama Administrativa y Comercial. Estas enseñanzas del segundo grado no podrán establecerse cuando el número de alumnos inscritos en dicha especialidad sea inferior a veinte.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 1 de agosto de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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