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Documento BOE-A-1979-24961

Orden de 27 de julio de 1979 por la que se crea una Sección de Formación Profesional de primer grado en la localidad de Cervera del Pisuerga (Palencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 1979, páginas 24648 a 24648 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-24961

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 12 de abril siguiente),

Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Falencia y teniendo en cuenta que por la respectiva Corporación Municipal han sido facilitados locales suficientes, ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Se crea en la localidad de Cervera del Pisuerga una Sección de Formación Profesional de primer grado en la que se cursarán las enseñanzas de Formación Profesional de primer grado en las ramas de Automoción, profesión Mecánica del Automóvil, y Administrativa y Comercial, profesión Administrativa, dependiente del Instituto Politécnico Nacional de Palencia.

Al frente de la misma, habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado del Centro estatal del que depende y que será nombrado por el Delegado Provincial del Departamento en la forma reglamentaria.

Segundo.

La citada Sección entrará en funcionamiento a partir del próximo curso 1979-80.

Tercero.

Los gastos de material, fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional. Los gastos de funcionamiento no incluidos entre los ya citados serán sufragados por el Ayuntamiento de la localidad arriba mencionada.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 27 de julio de 1979.−P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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