Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Antonio Lázaro Acha, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministerio de Defensa, se ha dictado sentencia con fecha 25 de enero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso promovido por don Antonio Lázaro Acha contra las resoluciones del Ministerio de Defensa que le denegaron su revisión de determinación de trienios, las anulamos por contrarias a derecho y declaramos el que tiene para que le sean reconocidos como trienios de Suboficial, desde el uno de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho y todo el tiempo que estuvo percibiendo el sueldo de Sargento, todo ello sin costas.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. E.. muchos años.
Madrid, 9 de octubre de 1979.
RODRIGUEZ SAHAGUN
Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército (JEME).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid