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Documento BOE-A-1979-25240

Real Decreto 2453/1979, de 7 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación e imposición de servidumbre de paso forzosas, de los bienes necesarios para la variación de la línea telegráfica Tudela-Castejón-Pamplona-Alsasua (tramo Tafalla-Pamplona).

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 1979, páginas 24869 a 24869 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-25240

TEXTO ORIGINAL

La Ley tres/mil novecientos setenta y seis, de once de marzo, sobre expropiación forzosa e imposición de servidumbre de paso de líneas, cables y haces hertzianos, para los servicios de telecomunicación y radiodifusión de sonidos e imágenes del Estado, en su artículo sexto declara de utilidad pública el tendido de líneas, cables y haces hertzianos destinadas al servicio público.

En cuanto al procedimiento para la ocupación de los bienes y demás trámites propios de su contenido, la aludida Ley en su artículo noveno establece que se estará a lo que a este respecto establece la Ley de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta v cuatro, de Expropiación Forzosa, v Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto de veintiséis de abril de mil novecientos cincuenta, y siete.

Siendo necesario el tendido de líneas que sustituyan a la línea RENFE, Alsasua-Pamplona-Castejón-Tudela, a solicitud de la Dirección General de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles, regulada por Decreto de trece de mayo de mil novecientos cincuenta y cuatro, y normas complementarias, cuyo proyecto ha sido aprobado por la Dirección General de Correos y Telecomunicación, y dada la naturaleza de las instalaciones a realizar, así como su justificación suficiente en los informes emitidos por el órgano competente, y teniendo en cuenta que el tendido de la línea ya iniciado tendría que suspenderse al llegar a la finca con cuya propietaria no ha sido posible concluir un acuerdo para la colocación de los postes, se hace preciso acudir a la expropiación e imposición de servidumbre de paso forzosas de los bienes afectados, declarándose su urgente ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo cincuenta y dos de la Ley de Expropiación Forzosa y cincuenta y seis de su Reglamento de aplicación.

Asimismo, en cumplimiento de dichos preceptos, se hace referencia expresa a que, como resultado de la información pública practicada, no se han formulado alegaciones.

En su virtud, y a propuesta del Ministro de Transportes y Comunicaciones, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día siete de septiembre de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se declara urgente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo cincuenta y dos de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento, la ocupación de los terrenos y bienes imprescindibles para el tendido de la línea telegráfica del Estado, Tudela-Castejón-Pamplona-Alsasuá (tramo Tafalla-Pamplona).

Artículo 2.

Los bienes y derechos afectados por esta urgente ocupación son, en concreto, los relacionados en los anuncios publicados en el «Boletín Oficial del Estado» número ciento cuarenta y siete, de veinte de junio de mil novecientos setenta y nueve; «Boletín Oficial de Navarra», número sesenta y siete, de uno de junio de mil novecientos setenta y nueve, y «Diario de Navarra», de veinticinco de mayo del mismo año.

Artículo 3.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a siete de septiembre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Transportes y Comunicaciones,

SALVADOR SANCHEZ-TERAN HERNANDEZ

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