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Documento BOE-A-1979-25368

Orden de 19 de octubre de 1979 sobre concesión de un crédito excepcional a la Sociedad «La Farga Casanova, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 1979, páginas 24963 a 24963 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-1979-25368

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: En virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de octubre de 1979 y considerando que:

La trayectoria económico-financiera de «La Farga Casanova, Sociedad Anónima», una de las más importantes industrias de forja españolas, ha venido deteriorándose hasta el punto de que en el momento actual la situación es muy grave y puede resultar irreparable si no se adoptan las medidas oportunas que posibiliten el desarrollo de su actividad.

Para hacer frente a esta situación se ha formulado un programa de saneamiento completo con toda la profundidad necesaria para remontar a «La Farga Casanova, S. A.», de la grave crisis por la que atraviesa.

Este programa, elaborado a largo plazo, exigirá el máximo esfuerzo por parte de todos los estamentos afectados en el mismo.

El saneamiento de la Sociedad comporta el cumplimiento, ya aceptado por las partes implicadas, de varias condiciones imprescindibles para el cambio de la situación económica y financiera de la. Empresa, entre las que se señalan las siguientes:

1.ª Por parte de los accionistas:

– Reducción del capital social actual al 50 por 100 y posterior ampliación en 750 millones de pesetas.

– Concesión de nuevos créditos por valor de 300 millones de pesetas.

– Aumento de las actuales líneas de descuento en 260 millones de pesetas.

2.ª Por parte de los acreedores:

– Quita del 30 por 100 de los créditos de los acreedores en general y pago del resto, sin interés, en cuatro años.

– Refinanciación de los créditos de Entidades financieras a un plazo de once años, con ocho de carencia y reducción del tipo de interés al 7 por 100.

– Aplazamiento de pago de la deuda contraída con el Ministerio de Hacienda y con la Seguridad Social, de acuerdo con el plan presentado.

3.ª Por parte de los trabajadores:

– Incremento salarial limitado, para 1980, al 4 por 100 y moderación del correspondiente a 1981.

– Mejora de la productividad, reducción del absentismo, adecuación del nivel de empleo a las necesidades reales y movilidad interna de plantilla.

4.ª Por parte de la Empresa:

– Incremento de la producción y de las ventas, mediante la mejora del grado de utilización de las instalaciones actuales.

– Mejora de la gama de productos con incremento del valor añadido.

– Acciones encaminadas a una racionalización del sector.

Por todo ello, este Departamento ha tenido a bien disponer:

De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 13/1971, de 19 de junio, sobre organización y régimen del crédito oficial, se concede a «La Farga Casanova, S. A.», un crédito excepcional de 700 millones de pesetas; operación que se otorgará a través de la Entidad oficial de crédito que determine el Instituto de Crédito Oficial.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 19 de octubre de 1979.

LEAL MALDONADO

Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía y Presidente del Instituto de Crédito Oficial.

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