Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-25526

Orden de 4 de octubre de 1979 sobre concesión administrativa para un establecimiento de piscicultura marina a instancia de don Enrique Bonet Casanova y esposa.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 1979, páginas 25058 a 25059 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-25526

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Visto el expediente tramitado a instancia de don Enrique Bonet Casanova y su esposa, doña Teresa Frach Tomás, en el cual solicitan la oportuna concesión administrativa para un establecimiento de piscicultura marina de cría y engorde de peces (anguilas, mújol y tenca) en una parcela de dominio público sita en la antigua desembocadura del rio Ebro, isla de San Antonio, en el distrito marítimo de Tortosa (Tarragona), con una superficie de 171.632 metros cuadrados y con arreglo al proyecto y planos que corren unidos al expediente número 9.058 de la Dirección General de Pesca Marítima.

Este Ministerio, de conformidad con el dictamen emitido por la Asesoría Jurídica, a propuesta de la Dirección General de Pesca Marítima, ha tenido a bien acceder a lo solicitado, otorgando la correspondiente concesión administrativa bajo las siguientes condiciones:

Primera.

La concesión se otorga por el plazo de diez años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada a petición de los interesados por iguales períodos hasta un total de noventa y nueve años.

Segunda.

Las obras de instalación podrán dar comienzo a partir de la fecha de notificación de esta Orden ministerial al, interesado y deberán quedar finalizadas y puesto en explotación el establecimiento en el plazo de dos años.

Tercera.

Por los titulares de la concesión se contrae la obligación de conservar las obras en buen estado, y no podrán destinar la instalación ni el terreno a que la concesión se refiere a usó distinto de los propios de este tipo de establecimientos piscícolas, no pudiéndose tampoco arrendar; cuidará de dejar expeditas las zonas de servidumbre y de paso, así como de vigilancia, manteniendo libre de obstáculos la zona de salvamento.

Cuarta.

Asimismo queda obligado a franquear la entrada en el establecimiento a los Inspectores técnicos de la Dirección General de Pesca Marítima y a los de la Dirección General de Sanidad.

Quinta.

Igualmente, viene obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral.

Sexta.

Esta concesión caducará, previa formación de expediente al efecto, en los casos previstos en la norma 45 de las aprobadas por Orden ministerial de 13, de diciembre de 1973 («Boletín Oficial del Estado» número 19/1974) o por incumplimiento de alguna de las condiciones de esta Orden.

Séptima.

Por los titulares de la concesión se justificará, por lo que a este otorgamiento se refiere, el abono a la Hacienda Pública de) impuesto que grave las concesiones y autorizaciones administrativas o acreditará la declaración de no sujeto el acto a tal impuesto, hecha por la Delegación de Hacienda u oficina liquidadora correspondiente.

Condiciones especiales

Primera E.

Tanto el canal en la isla de San Antonio, para toma de agua y desagüe, como las instalaciones para atraque de la barcaza en una y otra orilla de la desembocadura actual deberán ser tramitadas en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de acuerdo con la legislación vigente.

Segunda E.

Cualquier prórroga del plazo concesional deberá ser previamente informada por dicho Ministerio.

Tercera E.

Asimismo deberá ser autorizada por tal Ministerio cualquier obra de defensa costera que tuvieren que realizar los concesionarios para proteger su concesión.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II muchos años.

Madrid, 4 de octubre de 1979.–P. D., el Subsecretario de Pesca y Marina Mercante' Miguel Ignacio Aldasoro Sandberg.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Pesca, y Marina Mercante y Director general de Pesca Marítima.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid