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Documento BOE-A-1979-26029

Orden de 5 de octubre de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 405.657, interpuesto por don Pedro Rovira Ausas.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 1979, páginas 25415 a 25416 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-26029

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo con fecha 31 de enero de 1979 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 405.657, interpuesto por don Pedro Rovira Ausas, sobre sanción; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Rovira Ausas contra la resolución del Ministerio de Agricultura de veinticinco de febrero de mil novecientos setenta y cuatro, desestimatoria del recurso de reposición promovido contra la resolución del propio Departamento de diez de septiembre de mil novecientos setenta y tres, que impuso al actor la sanción de quinientas setenta y cuatro mil doscientas trece pesetas por no haber realizado la entrega vínica obligatoria en la campaña mil novecientos setenta y uno/setenta y dos, debemos declarar y declaramos que las referidas resoluciones no son conformes a derecho, por lo que las anulamos y dejamos sin ningún valor ni efecto, así como ordenamos la devolución al recurrente de la cantidad de quinientas setenta y cuatro mil doscientas trece pesetas, importe de le sanción impuestas; sin hacer imposición de las costas causadas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 5 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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