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Documento BOE-A-1979-26031

Orden de 5 de octubre de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 405.910, interpuesto por don Tomás Martín Gómez.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 1979, páginas 25416 a 25416 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-26031

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo con fecha 6 de marzo de 1979 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 405.910, interpuesto por don Tomás Martín Gómez, sobre sanción; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que denegando la pretendida nulidad de actuaciones, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por don Tomás Martín Gómez, contra las Resoluciones dictadas por la Dirección General de Industrias y Mercados en Origen de Productos Agrarios de once de junio de mil novecientos setenta y cuatro, y en recurso de alzada que se desestima por el ministro de Agricultura el dieciséis de diciembre siguiente, y por las que se acuerda sancionar al citado recurrente, titular del negocio “Hijos de Remigio Martín”, con una multa de veinte mil setecientas veinte pesetas, más el pago de setenta y dos mil setecientas veinte pesetas, en sustitución del decomiso, así como los gastos derivados de la tramitación del expediente por las infracciones cometidas en la materia que es objeto de esta sanción, y cuyas resoluciones administrativas son válidas y eficaces como ajustadas a derecho y, por tanto, se mantiene íntegramente la sanción en ellas impuesta, sin hacer expresa condena de costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I, muchos años.

Madrid, 5 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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