Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional con fecha 27 de febrero de 1979, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 40.415 interpuesto por «Federico Paternina, S. A.», sobre imposición de multa; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Declaramos inadmisible el recurso interpuesto por “Federico Paternina, S. A.”, contra la resolución del Ministerio de Agricultura de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y seis; sin expreso pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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