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Documento BOE-A-1979-26348

Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se aprueba el Plan de Conservación de Suelos de la finca «La Bobals y otras», del término municipal de Aiguamurcia, en la provincia de Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 1979, páginas 25613 a 25613 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-26348

TEXTO ORIGINAL

A instancias del propietario de la finca «La Bobals y otras», del término municipal de Aiguamurcia (Tarragona), se ha incoado expediente en el que se ha justificado con los correspondientes informes técnicos que en la misma concurren circunstancias que aconsejan la realización de obras, plantaciones y labores necesarias para la conservación del suelo agrícola, y a tal fin se ha tramitado por la Sección de Conservación de Suelos un Plan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 20 de julio de 1955, al que ha dado su conformidad el interesado. Las obras incluidas en el Plan cumplen lo dispuesto en los artículos segundo y tercero del Decreto de 12 de julio de 1962.

Vistas las disposiciones legales citadas, la disposición adicional tercera de la Ley de 21 de julio de 1971 y el artículo 1.2 y disposición final séptima del Decreto-ley de 28 de octubre de 1971, este Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, ha acordado:

Primero.

Queda aprobado el Plan de Conservación del Suelo Agrícola de la citada finca, de una extensión de 61.26.88 hectáreas, quedando afectadas 9,9908 hectáreas de la superficie.

Segundo.

El presupuesto es de 445.150 pesetas, de las que 231.352 pesetas serán subvencionadas y las restantes 183.798 pesetas a cargo del propietario.

Tercero.

De acuerdo con la legislación vigente, este Instituto dictará las disposiciones necesarias para la realización y mantenimiento de las obras y trabajos incluidos en el referido Plan de Conservación de Suelos, así como para adaptarlo en su ejecución a las características del terreno y a la explotación de la finca afectada, fijar el plazo y ritmo de realización de las obras y para efectuarlas por sí y por cuenta del propietario, en el caso de que éste no las realice.

Madrid, 8 de octubre de 1979.‒El Director, José Lara Alén.

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