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Documento BOE-A-1979-26356

Orden de 5 de octubre de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por don Fernando de la Torre Carrasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 1979, páginas 25615 a 25616 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-26356

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional, con fecha 20 de febrero de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 40.920, interpuesto por don Fernando de la Torre Carrasco, contra este Departamento, sobre concurso para la provisión de plazas en el Centro Médico de Asistencia «Marqués de Valdecilla», de Santander,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«Fallamos: Que, desestimando el motivo de inadmisibilidad, estimamos el recurso interpuesto por el Procurador don Isidoro Argos Simón, en nombre y representación de don Fernando de la Torre Carrasco, contra Resolución de la Dirección General de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de nueve de noviembre de mil novecientos setenta y seis, desestimatorio de alzada interpuesto contra Resolución de la Delegación General del Instituto Nacional de Previsión de veintitrés de junio de mil novecientos setenta y cinco, a su vez desestimatoria de reposición formulada contra Resolución de ella de dieciséis de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro, las que anulamos como contrarias a derecho, en el particular en que han sido impugnadas en este proceso, declarando el mejor derecho que el recurrente tiene a que se le adjudique la plaza de Jefe de Sección de la Especialidad de Cirugía Torácica y Neumología que la resolución del concurso adjudicó a don Francisco Javier Ortega Morales, condenando a la Administración a que así lo haga; todo ello sin hacer expresa condena en costas.»

Asimismo se certifica que la anterior sentencia ha sido apelada por la Abogacía del Estado y admitida a un solo efecto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 5 de octubre de' 1979.‒P. D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.

Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.

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