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Documento BOE-A-1979-26510

Orden de 13 de octubre de 1979 por la que se dispone la aprobación de dos prototipos de balanzas marca «Mettller», una semiautomática, modelo «P-163», y otra automática, modelo «PL-1200».

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1979, páginas 25779 a 25779 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-26510

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vista la petición interesada por la Entidad «Germán Weber, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Hermosilla. 102, en solicitud de aprobación de dos prototipos de balanzas marca «Mettller», una semiautomática, modelo «P-163», de 160 gramos de alcance, saltos de 0,001 gramos y dispositivo de tara, y otra automática, modelo «PL-1200», de 1.200 gramos de alcance, saltos de 0,01 gramos, efecto sustractivo de tara 1.200 gramos, indicación mediante 5 1/2 cifras luminosas de siete segmentos, ambas fabricadas en Suiza,

Esta Presidencia del Gobierno, de conformidad con la Norma Nacional Metrológica y Técnica de aparatos de pesar de funcionamiento no automático, aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 10 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado de 16 de enero de 1976), Decreto 955/1974, de 28 de marzo, por el que se someten a plazo de validez temporal los modelos-tipo de aparatos de pesar y medir, y con el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto:

Primero.

Autorizar en favor de la Entidad «Germán Weber, Sociedad Anónima», por un plazo de validez que caducará el día 30 de junio de 1989 (treinta de junio de mil novecientos ochenta y nueve), los dos prototipos de balanzas marca «Mettller», una semiautomática, modelo «P-163», de 160 gramos de alcance, saltos de 0,001 gramos y dispositivo de tara, y otra automática, modelo «PL-1200», de 1.200 gramos de alcance, saltos de 0,01 gramos, efecto sustractivo de tara 1.200 gramos, indicación mediante 5 1/2 cifras luminosas de siete segmentos, y cuyo precio máximo de venta será de ciento cincuenta y nueve mil seiscientas pesetas (159.600) y ciento noventa y cinco mil pesetas (195.000), respectivamente.

Segundo.

La autorización temporal de los prototipos anteriores queda supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones de carácter general aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de julio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto).

Tercero.

Próximo a transcurrir el plazo de validez temporal que se otorga, 30 de junio de 1989, la Entidad, interesada, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia la prórroga de autorización de circulación, la cual será propuesta a la superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias llevadas a cabo por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia de la Presidencia del Gobierno.

Cuarto.

Las balanzas correspondientes a los prototipos a que se refiere esta disposición llevarán inscritas en el exterior de las mismas, o grabadas en una placa solidaria a su cuerpo, las siguientes indicaciones:

a) Nombre del fabricante o marca del aparato, con la designación del modelo o tipo del mismo.

b) Número de fabricación y serie correspondiente, que coincidirá con el grabado en una de sus piezas principales interiores (chasis).

c) Nombre del distribuidor exclusivo en España de la Empresa extranjera, con domicilio o razón social de éste.

d) Los siguientes datos técnicos:

Alcance máximo de los aparatos, en la forma: «Máx. 160 g.» y «Máx. 1.200 g.», respectivamente.

Pesada mínima de los aparatos, en la forma: «Mín. 500 mg.» y «Mín. 0 5 g.», respectivamente.

Clase de precisión de los aparatos, representada con los símbolos: «II» y «I», respectivamente.

Escalón de verificación, en la forma «e = 0,01 g.» para los dos modelos.

Escalón discontinuo, en la forma: «dd = 0,001 g.» y «dd = = 0,01 g.», respectivamente.

Límites de temperatura de trabajo, en la forma: «+ 10° C/ 30° C» para los dos modelos.

Tensión y frecuencia eléctricas de trabajo.

e) Fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Quinto.

Asimismo, por no tener precintos, llevará otra placa en lugar visible y también fijada solidariamente al cuerpo del aparato, con la inscripción: «No apta para transacciones comerciales».

Para el uso legal del modelo «PL-1200» hay que disponer de una pesa contrastada de un kilogramo, o de dos pesas contrastadas de 1.000 gramos cada una, para ajustar el punto 1.000 g de la escala. Todas las pesas mencionadas serán de la clase F», al menos. (Estas pesas están definidas en la Orden ministerial de la Presidencia del Gobierno de 28 de junio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de septiembre de 1974).

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 13 de octubre de 1979.

PEREZ-LLORCA Y RODRIGO

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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