Ilmo. Sr.: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 2042/1979, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 27 de agosto), por el que se crean varios Institutos Nacionales de Bachillerato, mixtos, cuyas actividades administrativas y docentes han de comenzar en el próximo curso 1979-80,
Este Ministerios ha dispuesto:
Los Institutos Nacionales de Bachillerato, mixtos mencionados a continuación comenzarán a desarrollar sus actividades en el próximo curso 1979-80:
1. Almería, mixto número 5.
2. Jerez de la Frontera (Cádiz), mixto número 3.
3. Murcia, mixto número 4.
4. Nigrán (Pontevedra).
5. Vigo (Pontevedra), mixto número 4, polígono de Coya.
Por la Dirección General de Personal y Delegaciones Provinciales del Departamento se tomarán las medidas necesarias para los nombramientos de Directores y personal correspondiente.
Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para que adopte las medidas complementarias que exijan la apertura y funcionamiento de estos nuevos Centros estatales.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 25 de septiembre de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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