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Documento BOE-A-1979-26690

Orden de 20 de septiembre de 1979 por la que se amplían enseñanzas en diversos Centros no estatales de Formación Profesional, dependientes de la Obra de Formación Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 1979, páginas 25971 a 25971 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-26690

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr. Vistas las propuesta formuladas por el Director de la Obra de Formación Profesional, actualmente integrada en el' Instituto de Empleo del Ministerio de Trabajo, para que se autorice ampliación de enseñanzas de primero y segundo grados en los Centros dependientes de la misma;

Teniendo en cuenta que las peticiones se han presentado dentro del plazo previsto cumpliéndose las normas para su tramitación correspondiente, y los informes favorables de los Coordinadores de Formación Profesional y los Delegados provinciales de Educación, así como las citadas propuestas de la Obra de Formación Profesional,

Este Ministerio ha resuelto ampliar a los siguientes Centros no estatales de Formación Profesional, dependientes de la Obra de Formación Profesional integrada en el Instituto de Empleo del Ministerio de Trabajo, las enseñanzas de primero y segundo grados que se relacionan, a partir del curso. 1979/80:

Provincia de Baleares

«Hostelería», de Palma de Mallorca. Primer grado, rama administrativa y Comercial, profesiones Administrativa y Secretariado Segundo grado, rama Administrativa y Comercial, especialidades Administrativa y Secretariado.

Provincia de Cuenca

«San José», de Cuenca. Segundo grado, ramas Metal, especialidades Máquinas herramientas y Calderería en chapa y estructural; Electricidad y Electrónica, especialidades Instalaciones y Líneas Eléctricas.

Provincia de Soria

«Virgen del Espino», de Soria. Segundo grado, ramas Electricidad y Electrónica, especialidad Electrónica industrial; Química, especialidad Química de Laboratorio (general).

Provincia de Vizcaya

«Buen Pastor», de Amorebieta. Primer grado, rama Delineación, profesión Delineante. Segundo grado, rama Delineación, especialidad Delineante industrial.

Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 20 de septiembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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